Avales frente a Hacienda

En algunos casos puede reducir su coste, o incluso recuperarlo

Avales frente a Hacienda

La interposición de un recurso contra una liquidación tributaria no detiene la acción recaudadora de Hacienda, salvo que se solicite dicha suspensión y se aporten garantías (en general, un aval bancario). Pues bien, recuerde que si el recurso es estimado podrá solicitar la devolución del coste de dichas garantías:

  • El reembolso alcanza los costes de formalización, mantenimiento y cancelación.
  • En caso de estimación parcial,  puede solicitarse la devolución en la proporción que corresponda.

(Si el recurso se interpone contra una sanción, la recaudación sí que se suspende automáticamente sin necesidad de aportar garantías). 

Otro supuesto en el que es necesario aportar garantías se da cuando se solicita un aplazamiento del pago de una deuda tributaria y el importe aplazado excede de 30.000 euros. A estos efectos, no olvide lo siguiente:

  • Si el pago se fracciona en varios vencimientos, aporte varios avales parciales en lugar de aportar un úni­co aval por el importe total. Así, a medida que vaya efec­tuan­do pagos, podrá ir cancelándolos, ahorrándose comisiones.
  • Al aportar aval, la cantidad aplazada devengará el interés legal en lugar del interés de demora que se exige cuando se aportan otras garantías

 

Si ha de interponer un recurso o solicitar un aplazamiento, le informaremos sobre los trámites a seguir y las garantías que, en su caso, deberá aportar.