Comunicación de desplazamientos
Se ha habilitado un portal para comunicar de forma telemática los desplazamientos al extranjero
Si su empresa desplaza a un trabajador a otro país de forma temporal, debe comunicar dicho desplazamiento a la Seguridad Social. Esta comunicación se realiza para poder seguir cotizando en España durante el desplazamiento, de modo que el trabajador siga cubierto por la Seguridad Social en caso de accidente o enfermedad.
A estos efectos, la Seguridad Social ha habilitado un nuevo servicio en su página web para que su empresa pueda comunicar los desplazamientos de forma telemática. En concreto:
- Dicho servicio se puede utilizar para comunicar los desplazamientos a países europeos o a países con los que existe un convenio bilateral en materia de Seguridad Social. Así pues, esta gestión sustituye a la presentación en papel del modelo TA-300 (modelo necesario para comunicar los desplazamientos indicados).
- Una vez realizado el trámite recibirá un "acuse de recibo" en formato PDF. Si no recibe el mensaje de confirmación o, en su caso, recibe un mensaje de error, deberá realizar la presentación en otro momento o presentar el modelo TA-300 de forma presencial.
Si el trámite se realiza correctamente, la Seguridad Social remitirá el correspondiente justificante de la gestión por correo postal a la dirección de su empresa (dicho justificante se debe entregar al trabajador para que se lo lleve al país de destino). Dado que pasarán unos días entre la realización de la gestión y la recepción del justificante, es recomendable seguir efectuando la gestión de forma presencial si el desplazamiento es inmediato.
Pulse aquí para acceder a este nuevo servicio.
Si el trámite se realiza correctamente, la Seguridad Social remitirá el justificante por correo postal a la empresa.
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