En septiembre: devolución del IVA soportado en la UE

Si durante el año pasado soportó IVA en otros países de la UE, recuerde que tiene hasta el próximo 30 de septiembre para pedir la devolución.

En septiembre: devolución del IVA soportado en la UE

Muchas empresas soportan gastos en otros países de la UE, gastos que llevan incorporado el IVA del país en cuestión (por ejemplo, facturas de hoteles, de alquiler de vehículos o de salas de reuniones, por asistencia a ferias...).

Pues bien, dicho IVA no puede deducirse en las declaraciones que se presentan en España, y para recuperarlo debe solicitar su devolución presentando ante Hacienda el modelo 360. Dicho modelo debe presentarse por Internet, junto con una copia de las facturas correspondientes.

Aunque el plazo para presentar la solicitud de devolución finaliza el 30 de septiembre del año siguiente, no debe esperar hasta dicho mes para presentar la solicitud. Si en un trimestre ha soportado IVA de algún otro país de la UE por importe superior a 400 euros, a partir de la finalización de dicho trimestre ya puede hacerlo.

 

Le orientaremos sobre cómo y cuándo solicitar la devolución del IVA soportado en otros países de la UE