Información sobre operaciones vinculadas
Durante el mes de noviembre debe presentarse el modelo 232
Durante el próximo mes de noviembre las empresas cuyo ejercicio coincide con el año natural deben presentar el modelo 232 "Declaración informativa de operaciones vinculadas y de operaciones y situaciones relacionadas con países o territorios calificados como paraísos fiscales" correspondiente al ejercicio 2018. Las empresas cuyo ejercicio social no coincide con el año natural deben presentarlo en el mes siguiente a los diez meses posteriores al cierre del ejercicio.
En dicho modelo se debe informar de las siguientes operaciones vinculadas:
- Las realizadas con una misma entidad que en conjunto superen los 250.000 euros.
- Las consideradas “específicas” con un importe conjunto superior a 100.000 euros (ventas de inmuebles, participaciones, etc.).
- Y las operaciones del mismo tipo y método de valoración, sea cual sea su importe, si en conjunto exceden del 50% de la cifra de negocios.
Por otro lado, también debe incluirse:
- El detalle de las operaciones realizadas con paraísos fiscales.
- El detalle de las cesiones de intangibles a entidades vinculadas que disfruten de la reducción del 60%.
Pulse aquí para acceder al apartado de la web de la AEAT desde el que presentar el modelo 232 y obtener más información al respecto.
Le informaremos sobre todas las consecuencias y obligaciones derivadas de la realización de operaciones con personas o entidades vinculadas.
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Aplazamiento del IRPF
Si lo desea, puede aplazar el pago del IRPF.
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Declaración de depósitos bancarios
La información sobre depósitos que suministran los bancos para confeccionar el Impuesto de Patrimonio no siempre es válida.
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Aportaciones de socios para compensar pérdidas
Cuando una sociedad tiene pérdidas y no tiene reservas suficientes para compensarlas, los socios pueden aportar fondos sin necesidad de hacer una ampliación de capital.
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