Módulos para 2020
Se ha publicado la Orden anual que los desarrolla
Recientemente se ha publicado la orden que desarrolla para 2020 el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA (el denominado "régimen de módulos"). A estos efectos:
- Si usted tributa en el régimen de módulos sepa que, al igual que este año, en 2020 también podrá reducir el rendimiento neto de su actividad en un 5%, por el simple hecho de estar acogido a dicho régimen.
- Por otro lado, si desea renunciar al régimen de módulos para 2020 o revocar una renuncia previa, puede hacerlo hasta el 31 de diciembre de 2019 presentando una declaración censal.
- No obstante, recuerde que también puede renunciar al régimen de módulos de forma tácita presentando la declaración del IVA del primer trimestre de 2020 en régimen general (modelo 303) y el pago a cuenta del IRPF en estimación directa (modelo 130).
Esta orden no aclara cuáles serán los límites de ventas y compras para poder aplicar el régimen de módulos para 2020. Recuerde que estaba previsto que dichos límites se redujesen a partir de 2020 (así está dispuesto en la ley).
No obstante, es muy probable que los actuales límites se acaben prorrogando un año más (como ya ocurrió en 2019 y en años anteriores). Deberemos esperar a las próximas semanas para ver si se aprueba alguna norma que aclare la situación.
Pulse aquí para descargar la orden indicada.