Módulos para 2020

Se ha publicado la Orden anual que los desarrolla

Módulos para 2020

Recientemente se ha publicado la orden que desarrolla para 2020 el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA (el denominado "régimen de módulos"). A estos efectos:

  • Si usted tributa en el régimen de módulos sepa que, al igual que este año, en 2020 también podrá reducir el rendimiento neto de su actividad en un 5%, por el simple hecho de estar acogido a dicho régimen.
  • Por otro lado, si desea renunciar al régimen de módulos para 2020 o revocar una renuncia previa, puede hacerlo hasta el 31 de diciembre de 2019 presentando una declaración censal.
  • No obstante, recuerde que también puede renunciar al régimen de módulos de forma tácita presentando la declaración del IVA del primer trimestre de 2020 en régimen general (modelo 303) y el pago a cuenta del IRPF en estimación directa (modelo 130).

Esta orden no aclara cuáles serán los límites de ventas y compras para poder aplicar el régimen de módulos para 2020. Recuerde que estaba previsto que dichos límites se redujesen a partir de 2020 (así está dispuesto en la ley).

No obstante, es muy probable que los actuales límites se acaben prorrogando un año más (como ya ocurrió en 2019 y en años anteriores). Deberemos esperar a las próximas semanas para ver si se aprueba alguna norma que aclare la situación.

Pulse aquí para descargar la orden indicada.